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¿Quienes somos?
AFASAL (Asociación Española de Fabricantes de Sal), es una organización profesional de ámbito estatal constituida en 1986, que agrupa a las principales empresas fabricantes de sal. Las empresas asociadas suponen el 90% de la producción del sector salinero. Como organización profesional, AFASAL defiende y representa los intereses del sector, con el objetivo prioritario de promover y cooperar en el desarrollo de la industria salinera y en la coordinación y fomento de tales intereses.
Fines de la asociación
· Aumentar la demanda de sal mediante la investigación, desarrollo de normas y relaciones con las Autoridades cuyas políticas y programas pueden afectar al empleo de la sal. · Proveer la iniciativa para programas y expansiones industriales en la producción y en el uso de la sal o sus derivados, reduciendo la eventual contaminación ambiental correspondiente. · Desarrollar la Seguridad e Higiene y las mejores condiciones de trabajo en la industria de la sal y de sus derivados. · Establecer censos y estadísticas fiables de producción, uso y comercio de la sal por zonas geográficas y tipos de producto. · Promover programas para mejorar los resultados de las Compañías Salineras y la situación de su personal. · Representar el punto de vista de la industria de la sal a todos los niveles oficiales que afecten la producción, la seguridad, la contaminación, los impuestos, los procesos de fabricación o uso, las marcas registradas, el comercio, etc. · Informar al público en general, a los usuarios de la sal, consumidores y otros interesados de los méritos y ventajas de los productos salinos y de la importancia de la sal en todas sus aplicaciones. · Intervenir en las relaciones laborales, contribuyendo, como dice el artículo 7 de la Constitución, en paralelo con los sindicatos a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que le son propios. En concreto, el de poder celebrar convenios colectivos de trabajo y ostentar la representación institucional frente a los Organismos Públicos, conforme a loe establecido en el artículo 82 y disposición Adicional Sexta del Estatuto de los Trabajadores.
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